Artículo 264 del reglamento de la ley del isr

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SE REFORMAN, AÑADEN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO; SE ABRE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA PRODUCCIÓN Y LOS SERVICIOS; DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, LA LEY SE EXPIDE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, Y LA LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL DE TIPO ÚNICO, Y LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO
Artículo 2. A los efectos de la presente ley, se considera permanente todo lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios. Personal independiente. Establecimiento permanente, entre otros, de sucursales, agencias, oficinas, fábricas, talleres, instalaciones, minas, canteras o cualquier lugar de exploración, extracción o explotación de recursos naturales.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando un residente en el extranjero actúe en el país a través de una persona física o moral, que no sea un agente independiente, se considerará que el residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, en relación con todas las actividades que dicha persona física o moral realice para el residente en el extranjero, aun cuando no tenga establecimiento en territorio nacional o para la prestación de servicios, si dicha persona ejerce facultades para celebrar contratos en nombre o por cuenta del residente en el extranjero que hayan intervenido en el desarrollo de sus actividades en el país, distintas de las mencionadas en el artículo 3 de esta Ley.

Ley del impuesto sobre la renta en español

Cualquiera de estas formas organizativas tiene derecho a solicitar ciertos beneficios al registrarse bajo la Ley del Impuesto sobre la Renta y/o la Ley de Fomento a las Organizaciones de la Sociedad Civil. El registro bajo estas leyes es voluntario. Una organización debe cumplir con los criterios especificados para registrarse y tener derecho a los beneficios correspondientes.
Una OSFL registrada bajo el artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta es un «donatario autorizado», y como tal tiene derecho a emitir recibos deducibles de impuestos a los donantes. Los donatarios autorizados tienen derecho a las exenciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Sin embargo, las OSAL no están exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
De acuerdo con el Código Civil para el Distrito Federal (CCDF), una asociación civil (AC) se constituye «cuando varias personas se ponen de acuerdo para unirse, de manera no enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga un carácter predominantemente económico» (CCDF Artículo 2670). No hay un número mínimo explícito de personas necesarias para formar una AC, aunque el CCDF indica que debe haber más de una. Las fundaciones de todos los estados mexicanos también pueden constituirse como CCAA.

Libro de diseño y redacción del derecho fiscal

Artículo 2. Cuando la Ley o este Reglamento señalen la obligación de presentar avisos a las autoridades fiscales, éstos se presentarán dentro de los plazos y formas establecidos en el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y las disposiciones de carácter general que al efecto emita el SAT.
Artículo 4. Para los efectos de los artículos 2, sexto y séptimo párrafos y 168 de la Ley, el término construcción de obras comprende: cimientos, estructuras, casas y edificios en general, terracerías,
El cómputo de días de duración de los servicios a que se refiere el artículo 2, sexto y séptimo párrafos de la Ley, se hará considerando la totalidad de días naturales entre el inicio y la terminación de los servicios.
Artículo 5. Para los efectos del artículo 3, fracción IV de la Ley, se considera que no son actividades previas o auxiliares, las que son iguales a las actividades del residente en el extranjero, salvo que dichas actividades también tengan el carácter de previas o auxiliares en el extranjero. No se considerarán las actividades auxiliares de dirección.

Libros de google

Este documento está orientado a comprender el grado en que la legislación estadounidense (en su forma, espíritu y práctica) es coherente con la CDPD. Dado que cualquier comparación es necesariamente a veces entre «manzanas y naranjas», el documento se esfuerza por analizar la cuestión de la forma en que lo haría un órgano de supervisión de tratados: para ver si algún ámbito de la legislación federal contraviene la Convención y/o si existen lagunas en las que se podría introducir o reformar la legislación o la práctica para garantizar su cumplimiento.    El documento considera que, en general, los objetivos de la CDPD son coherentes con la legislación estadounidense en materia de discapacidad. Para la mayoría de los artículos, se puede considerar que la legislación estadounidense está a la altura de los mandatos de la Convención o puede alcanzar esos niveles mediante una aplicación más rigurosa y/o acciones adicionales por parte del Congreso. Sin embargo, este documento también identifica varios artículos de la CDPD que ilustran las importantes lagunas existentes entre las leyes sobre discapacidad de Estados Unidos y la Convención.
Teniendo en cuenta que las leyes nacionales de derechos civiles de los Estados Unidos y las leyes internacionales de derechos humanos operan desde perspectivas distintas, aunque no necesariamente excluyentes, este documento ofrece una comparación inicial de los artículos que componen la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), adoptada por la Asamblea General el 13 de diciembre de 2006 y abierta a la firma el 30 de marzo de 2007, con las leyes pertinentes de los Estados Unidos.